Muchas personas que han perdido su hogar se preguntan ¿Qué problemas mi perdida de casa me puede traer con el IRS? Tradicionalmente cuando una deuda es cancelada o absuelta por más de $600 dólares, el acreedor tiene que mandarle un formulario 1099-C o 1099-A al contribuyente para que esto sea contado como ingresos en la planilla de impuestos. La razón porque se considera ingreso es porque el contribuyente ya no debe dicha deuda (como si la hubiese pagado). Pero hay luz al final del túnel para los dueños de casas:
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El IRS explica que:
“Propietarios de viviendas cuyas deudas hipotecarias fueron parcial o totalmente perdonadas durante 2007 podrían reclamar un alivio tributario especial completando la Forma 982 recientemente revisada y anexándola a su declaración de impuestos federales del 2007, según el Servicio de Impuestos Internos (IRS).
Normalmente, la deuda perdonada es considerada como ingreso sujeto a impuestos. Pero bajo el Acta de Absolución de Deuda Hipotecaria del 2007, decretada el 20 de diciembre, los contribuyentes pueden excluir hasta $2 millones de la deuda perdonada de su residencia principal si el balance de su préstamo fue menos de $2 millones. El límite es $1 millón para una persona casada que presenta su declaración por separado. Los detalles aparecen en la Forma 982 y sus instrucciones, disponibles ahora en IRS.gov.”
Vea el articulo completo aquí:
Prácticas Hipotecarias, Ahora Sin Impuestos Para Muchos Propietarios; Reclame Alivio en Formularo Revisado por IRS