La ley federal no indica un límite específico en cuanto al número de llamadas. Sin embargo, un cobrador de deudas no puede llamar insistentemente para molestar, abusar o acosar, ni a usted ni a otras personas que compartan el número.
Usted sí tiene el derecho de decirle al cobrador de deudas que deje de llamarle.
Consejo: El CFPB ha preparado ejemplos o plantillas de cartasque se pueden utilizar para responder a un cobrador que esté tratando de cobrar una deuda. Las cartas contienen consejos sobre cómo usarlas. Estos ejemplos de cartas pueden ayudarle a obtener información, a establecer reglas básicas acerca de cualquier otra comunicación, o a proteger algunos de sus derechos. Mantenga siempre una copia de su carta en sus registros.
Si le dice a un cobrador de deudas, por escrito, que deje de comunicarse con usted, éste ya no podrá ponerse en contacto con usted, a menos que sea para:
- Decirle que ya no se van a comunicar
- Avisarle que el cobrador de deudas o los acreedores podrían tomar alguna acción específica para la cual están legalmente autorizados, tal como entablar una demanda contra usted
Advertencia: Decirle a un cobrador de deudas que deje de comunicarse con usted no quiere decir que dicho cobrador de deudas o el acreedor no puedan valerse de otros medios legales para cobrarle la deuda, si en efecto es su deuda, inclusive podrían entablar una demanda en su contra.
El acreedor o los cobradores de deudas también pueden presentar un informe negativo a una agencia de informes de crédito sobre el consumidor, afectando así su informe y puntaje de crédito. (En algunos casos, la deuda puede ser demasiado antigua como para afectar su informe o puntaje de crédito).
Consejo: Si tiene un problema con el cobro de una deuda, usted puede presentar una queja al CFPB en línea o llamar al (855) 411-CFPB (2372).
Fuente:
https://www.consumerfinance.gov/es/obtener-respuestas/c/manejar-una-deuda/1397/hay-un-limite-en-el-numero-de-veces-que-que-un-cobrador-de-deudas-puede-llamarme.html